Si es usted una empresa que presenta facturas a las administraciones públicas superiores a 5.000 euros extensible a los subcontratistas que, sean contratados por quienes realicen obras y servicios para la Administración , a partir del 30 de junio de 2018 tienen que facturar mediante vía electrónica y presentar estas facturas a través del  Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas ( FACe) de la página web de la administración que haya contratado el servicio.

Para presentar una factura electrónica hay que generarla en formato facturae, firmar la factura electrónica con un certificado electrónico, presentar la factura en el FACe  y una vez presentada tiene que descargarse el justificante de presentación con el código seguro de verificación  (CSV).

Para más información pueden acceder a la página del FACe.

La obligación de facturar por vía electrónica sólo será aplicable en caso de contratistas que subcontraten su actividad principal y hayan obtenido autorización de la Administración para hacerlo.

Esta medida entra en vigor el 1 de julio de 2018, se puede consultar la Ley a través de este enlace.