Cada día más personas intentan compartir su experiencia por Internet haciéndose youtubers o influencers , lo que puede empezar siendo un hobby puede acabar como un trabajo, pudiendo recibir retribuciones de empresas a cambio de publicitar su producto. En este momento, esta persona tendría que darse de alta en el censo de empresarios puesto que está realizando una actividad económica.

Tendrán que presentar una declaración censal y comunicar su alta en “Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares” y si sube videos a alguna plataforma tiene que indicar la opción de “Producción de películas cinematográficas (incluso vídeos)”.

Los ingresos por publicidad se tienen que declarar en el IRPF como procedentes de actividades económicas.

Y por los servicios publicitarios debe repercutirse el   21% de IVA emitiéndose en la correspondiente factura.