Al ser propietario de un piso alquilado y haber tenido derramas puede deducirse el gasto.
El tratamiento del IRPF dependerá de si la derrama ha sido de conservación (las obras de reparación de averías o de mantenimiento y sustitución de herramientas que estén desgastadas) o de mejora (las que aumentan la habitabilidad o la vida útil del inmueble)
Si las obras se realizan por conservación se puede deducir el importe total, con un tope.
En caso de ser obras de mejora no serán deducibles como gasto, el importe total se amortizará cuando las obras acaben. Este criterio es discutible.
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