Recientemente, el 6 de febrero, se ha aprobado el modelo 121 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Comunicación de la cesión del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración»

Este modelo se tiene que presentar en caso de que:

  • Dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de alguna de las deducciones del art. 81 bis de la LIRPF   respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa.
  •  Tengan derecho a la aplicación de cualquiera de las anteriores deducciones el contribuyente pretenda ceder dicho derecho en favor de otro contribuyente que ejercerá el derecho a la deducción en su declaración del IRPF.
  •  No se hubiera optado por la percepción anticipada de la deducción presentando una solicitud colectiva.
  •  El contribuyente que cede el derecho no esté obligado a presentar declaración de acuerdo con el art. 96 LIRPF.

 

El modelo 121 se utilizará por primera vez en relación con la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al período impositivo 2016.

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