El día 31 de diciembre de 2019 dejará de validarse en las aplicaciones de presentación de declaraciones tributarias de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria la modalidad de colaboración social restringida, y únicamente se validará la denominada colaboración social delegada.

La colaboración social delegada permite gestionar el censo de los empleados que con sus certificados electrónicos personales podrán presentar declaraciones tributarias en el ámbito de la colaboración social en la aplicación de los tributos.

A partir del 1 de enero de 2020 con cualquier certificado electrónico en vigor del colaborador social, se podrán realizar tanto actuaciones en nombre de terceros como actuaciones en nombre propio.

Podéis acceder a más información a través de este enlace.